Anticonstitucional?
Bueno, tras hablar ayer por la noche con Victor (gracias por la inspiracion tio) me cito un par de artículos de la Constitución, por los cuales el proceso de selección para el plan de empleo territorial debería de ser impugnado, pero indagando en la materia parece que no se puede hacer nada, no se, me informare rapidamente de todo lo que pueda, pero lo veo muy dificil.
En concreto, el artículo de la Constitucion es el 23 y dice asi…
- Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
- Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las Leyes.
Todo muy bonito, los hombres y las mujeres deberian de tener los mismos derechos, por lo menos a la hora de optar a puestos públicos, pero si hay ley… hay trampa.
Segun veo en la publicación del plan de empleo territorial en el concejo de Aller, donde las bases se han publicado y aún estan visibles (cosa que en Ayuntamiento de Lena no ha sido asi) se puede ver el siguiene extracto:
Para las plazas de XXXXXXXXX de
conformidad con lo establecido en la Resolución de 25 de junio de 2008 del Servicio Público de Empleo por la que se stablecen las normas reguladoras de la celebración de Contratos-Programas para el Desarrollo del Programa Territorial de Empleo en su apartado 4.- líneas de acción y según el porcentaje establecido en el Programa Territorial de Empleo del Ayuntamiento de Aller se exigirá pertenecer a alguno de los siguientes colectivos: personas con discapacidad, mujeres (especialmente víctimas de violencia de género) y parados/as de larga duración.
En tería estas bases son aplicables a todos los concejos de Asturias que hayan sacado un plan de empleo territorial durante este año.
Claramente esa resolucion va en contra de la Constitucion española, que yo creo, bajo mi punto de vista es lo primero que se debería de respetar y en el caso de que haya resoluciones aunque éstas, son para complementarla, no para contradecirla.
En el caso de reclamar o impugnar las listas estaria poniendo en entredicho una Resolucion del Servicio Publico de Empleo, debería de tener miedo? La verdad que no debería pero no siempre las cosas son tan sencillas como llegar y recir… yo reclamo! o … nom e parece justo y exijo que ….!!!
Me quedan 2 horas para reclamar y la verdad que hay gente que incluso me ha animado a presentar la reclamación y enviar una copia a los periódicos de tirada autonómica para que se hagan eco y asi, tal vez, poder hacer algo mas de fuerza, pero que es lo que ganaría? Como mucho una palmadita en la espalda diciendome que lo hice muy bien pero que no puedo hacer nada o que aun asi no puedo hacer la prueba (ojo, yo solo pido hacer la prueba y si al final consigo el puesto que sea por mis meritos, no por lo que haga o deje de hacer).
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